Se entienden como datos relativos a la salud aquellos datos relativos a la salud física o mental de una persona física, incluida la prestación de servicios de atención sanitaria, que revelen información sobre su estado de salud (art.4.15 RGPD). Los datos de salud tienen una consideración especial, gozan de una protección reforzada dada su especial sensibilidad.
Los datos de salud son el elemento sustancial sobre el que se articula todo el sistema del EEDS. El Reglamento hace posible el tratamiento de datos de salud en un entorno seguro, con garantías y pleno respeto a los principios de protección de datos personales.
NOTAS ESENCIALES:
- Los datos de salud son datos de máxima sensibilidad jurídica.
- Solo pueden tratarse para fines autorizados.
- Cada vez que se accede o trata un conjunto de datos de salud en el marco del EEDS, queda registrado quién accede, para qué finalidad y en qué condiciones.