Grupo rector de DatosSalud@UE

El «grupo rector de DatosSalud@UE» es el órgano de gobernanza encargado de coordinar y supervisar el funcionamiento de la infraestructura transfronteriza DatosSalud@UE. Está compuesto por un representante de cada EEMM, designado de entre los puntos de contacto nacionales pertinentes. Garantiza una representación de todos los países de la UE en la toma de decisiones (art.95).

El grupo rector adoptará decisiones relativas al desarrollo y al funcionamiento de DatosSalud@UE. Estas decisiones serán tomadas por consenso, y, si este no pudiera alcanzarse, la decisión se adoptará por mayoría de dos tercios de sus miembros, dónde cada EEMM contará con un voto. Será el propio grupo rector el que adopte su reglamento interno, estableciendo su composición, organización, funcionamiento y cooperación.

Además de los representantes de los EEMM, el grupo rector podrá invitar a participante autorizados y a partes interesadas para intercambiar información y puntos de vista sobre cuestiones pertinentes relacionadas con DatosSalud@UE. Participarán siempre en calidad de observadores, sin capacidad de voto en la adopción de decisiones (art.95.5 y 95.6).

NOTAS ESENCIALES:

  • Se crea el grupo rector con el fin de garantizar una gestión técnica cotidiana adecuada de la infraestructura transfronteriza DatosSalud@UE. Por ejemplo, sobre los cambios técnicos de las infraestructuras, la mejora de las funcionalidades o los servicios, o la garantía de la interoperabilidad con otras infraestructuras, sistemas digitales o espacios de datos (cons.98).
  • Sus actividades no deben incluir contribuir a la elaboración de actos de ejecución que afecten a DatosSalud@UE (cons.98).
  • Podrán invitar a sus reuniones a representantes de otros participantes autorizados en DatosSalud@UE en calidad de observadores y deberán consultar a los expertos pertinentes en el desempeño de sus funciones.